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El Ayuntamiento de Manacor aprueba la Cuenta General del ejercicio 2016; y duro enfrentamiento entre Joan Llodrà y el Alcalde Pedro Rosselló

La Sesión Extraordinaria convocada por el titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de Manacor para el viernes día 22 de septiembre a las 9 horas de la mañana, no tenía porque generar en principio demasiados problemas entre el gobierno municipal y la oposición, como así ocurrió en el debate prácticamente de puro trámite que motivaba la convocatoria.

Tras una breve presentación de la propuesta por la Teniente de Alcalde Delegada de Economía y Recursos Humanos María Antònia Sansó, solo Sebastià Nadal, haciendo las veces de portavoz del Grupo Municipal del PSIB-PSOE en ausencia de Nuria Hinojosa, presentó una queja en relación a que en el informe técnico pertinente, figuraban como no recibidos algunos datos correspondientes a la administración de la Empresa Municipal SAM.

Aclarado este extremo, de que en principio faltaban unos datos debidamente pormenorizados que más tarde se aportaron, se pasó directamente a la votación. Estando ausentes dos miembros de la Corporación Municipal, el resultando fue que la Cuenta General correspondiente el ejercicio 2016, aprobada por 11 votos a favor y ocho abstenciones.

El Alcalde, en interpretación literal del articulo 82 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre de 2006, no permite incluir en el orden del día como de urgencia, la Moción para la defensa de los derechos fundamentales, presentada por el grupo Més Esquerra

En fecha 20 de septiembre de 2017 Joan Llodrà Gayà, había presentado una moción en relación a los acontecimientos ocurridos durante estas dos semanas en la Comunidad Autónoma de Cataluña, motivo por el que solicitó la inclusión de dicha moción en el orden del día en la próxima Sesión Plenaria a celebrar por el Consistorio de Manacor.

Anticipándose a cualquier exposición que pudiera hacer el Concejal Joan Llodrà, en defensa de que fuera aceptada la urgencia de la moción por él presentada en fecha 20 de septiembre, el Alcalde Pedro Rosselló, manifestó lo siguiente, dirigiéndose directamente Joan Llodrà: “Dado que usted presentó la moción un día después de la convocatoria de Sesión Extraordinaria cuyo contenido ha sido debatido, y en atención la Ley 20/2.006 que regula las convocatorias de las sesiones plenarias, especificando que solo se podrán admitir como mociones de urgencia aquellas que se admitan como tales por la mayoría absoluta de los miembros de la Corporación Municipal, y estando presentes todos los concejales que la componen. Dado que en esta Sala faltan dos miembros del Consistorio, legalmente no puedo admitir como de urgencia la moción presentada por el grupo MÉS-Esquerra”.

A lo anteriormente dicho el Alcalde añadió que en todo caso la moción de Més- Ezquerra, podía ser incluida en la Sesión Ordinaria correspondiente al mes de octubre, cuya convocatoria está prevista para el día 9 de octubre.

Joan Llodrà replicó al titular de la Alcaldía, admitiendo conocer el articulado de la ley citada por el Alcalde, pero añadiendo tener también muy claro que quien determinas si realmente la moción es o no urgente, es el propio Presidente de la Corporación.

Recordó al titular de la Alcaldía como en la Sesión Ordinaria anterior, llegó a aceptar como de urgencia una moción presentada el mismo día i firmada por orden. Levantando la voz aseguró que el Alcalde admite o deja de admitir las mociones de urgencia así como le conviene. Ahora porque esta moción de Més – Esquerra no le conviene i no la acepta. “Hoy mismo hay ocho presos políticos y el Alcalde se pone de perfil”. “Es necesario seguir adelante con esta moción de urgencia para poner en evidencia a quienes en este país están en contra de la democracia. Si hoy, el Alcalde no permite que se vote es porque está en contra de la Democracia”.

Pedro Rosselló replicó al Concejal portavoz de MES- Ezquerra, que estaba confundiendo las normas legalmente dispuestas para una Sesión Ordinaria, con las de una Sesión Extraordinaria, que no admite legalmente la inclusión de mociones de urgencia si no están presentes la totalidad de los miembros de la Corporación Municipal.

Tras añadir que él nunca daría el visto bueno para proceder para la admisión de una moción en contra de lo dispuesto por la Ley, el Alcalde levantó la sesión.

Contenido íntegro de la Moción presentada por Joan Llodrà, de MÉS-Esquerra

MOCIÓ PER LA DEFENSA DELS DRETS FONAMENTALS

El Ple del Parlament de les Illes Balears va aprovar dia 19 de setembre una Proposició No de Llei amb el següent text: “El Parlament de les Illes Balears expressa el seu rebuig a que, amb l’excusa d’evitar la celebració del Referèndum d’Autodeterminació de Catalunya, es dificulti o persegueixi l’exercici de drets fonamentals com la llibertat d’expressió, la llibertat d’informació i el dret de reunió pacífica i, en conseqüència, insta el Govern de l’Estat a deixar d’instrumentalitzar la Fiscalia per afrontar un conflicte de naturalesa política”.

Davant els esdeveniments que es van succeint en relació al que fa referència el text de Proposició No de Llei, consideram que l’Ajuntament de Manacor no pot restar impassible i ha d’aprovar el mateix acord que el Parlament.

Per tot això, l’Ajuntament en Ple aprova el següents acords:

 

  1. L’Ajuntament de Manacor expressa el seu rebuig a que, amb l’excusa d’evitar la celebració del Referèndum d’Autodeterminació de Catalunya, es dificulti o persegueixi l’exercici de drets fonamentals com la llibertat d’expressió, la llibertat d’informació i el dret de reunió pacífica i, en conseqüència, insta el Govern de l’Estat a deixar d’instrumentalitzar la Fiscalia per afrontar un conflicte de naturalesa política.
  2. Aquest acord es farà arribar a la Generalitat de Catalunya i a la Delegació del Govern de l’Estat”.

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