
Un vecino de Manacor consigue que le perdonen 268.080 euros
El Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Manacor ha emitido la sentencia exonerando el 100% de las obligaciones contraídas por el interesado de forma definitiva, incluso deudas con la Agencia Tributaria.
La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha cerrado este expediente amparándose en la conocida “Ley de la Segunda Oportunidad».
“Si no puedes pagar tus deudas y demuestras buena fe, te las perdonan”
El protagonista de esta historia entró en una espiral de dudas que no cesaba. Aunque contaba con un trabajo estable, su sueldo no era suficiente para hacer frente a todos los gastos que generaba la unidad familiar. Para poder salir del paso decidió solicitar diferentes créditos y tarjetas pero su sueldo era insuficiente para poder llegar a todo, lo que le llevó a una situación de total sobreendeudamiento de la que no veía cómo salir.
Esto generó una continua situación de estrés todos los meses al ver que llegaría el mes en el cual no pudiera pagarlo. Por ello, intentó que los bancos empatizaran con su situación y estudiaran una posible refinanciación de las deudas. Esto no fue posible dada la negativa de las entidades.
Fue entonces cuando, protegiéndose de un inminente desenlace, acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad de ámbito nacional en este tipo de casos. Tras estudiar su caso, los abogados le aconsejaron declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
“Normalmente, las personas que no pueden hacer frente a sus deudas esperan más de lo aconsejado para solucionarlo. En este caso, la insolvencia del deudor era clara dado que no podía asumir la cuota mensual con comodidad y, además, superaba el 50% de sus ingresos, por encima del ratio de endeudamiento aconsejado por el Banco de España”, explica Laura Muñoz, abogado de la Asociación.
Qué pasos ha dado para la condonación de la deuda
El primer beneficio obtenido por este procedimiento es el respiro económico para el deudor: se suspende toda obligación de pago a acreedores y se paraliza cualquier ejecución de embargo. Esto generó un alivio en el deudor debido a que le permitía ahorrar mes a mes. Tras ello se iba a por uno de los dos objetivos posibles. El primero es un intento de acuerdo con los acreedores para afrontar una cantidad asumible de la deuda, demostrando la distinción de deudor de buena fe.
Desde la entrada en vigor de la nueva reforma concursal (el 26 de septiembre) este requisito ya no es obligatorio para el procedimiento: “Estos intentos de acuerdos quedaban en nada por el rechazo de los acreedores. Al final, solo sirven para alargar el proceso y supone un gasto extra para el deudor teniendo que pagar el coste de notaria y honorarios del mediador concursal”, explica la abogada de la Asociación.
El “fracaso” en el intento de convenio se convirtió en una buena noticia para el deudor ya que se procedía al segundo de los posibles fines del procedimiento. Se solicitaba la exoneración del 100% de la deuda a los Juzgados de Manacor, siendo aceptado por el Juzgado de Primera Instancia N.º 5, dándole la ansiada segunda oportunidad que esperaba.
Requisitos para el perdón total de la deuda
El juez y la Administración Concursal se encargan de comprobar los requisitos necesarios para esta sentencia: insolvencia, carecer de delitos como estafa, alzamiento de bienes, hurto,etc; y no haber sido exonerado en los últimos 5 años.
Una vez comprobadas estas condiciones, el juez encargado del presente caso no ha tenido dudas y ha perdonado a este gallego el pago de todos sus créditos de forma definitiva.
Esta resolución definitiva dictada el 28 de julio concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 268.080,59 euros. Desde entonces, los acreedores del asociado -entre otros Banco Santander o Cofidis, incluso la Agencia Tributaria- no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirlo en ficheros de morosos.
Asociación de Ayuda al Endeudamiento








