
SIN RODEOS: La absurda fiscalidad en las herencias y donaciones
La recientemente aprobada nueva Ley de donaciones y herencias en Balears, ha dejado a la ciudadanía con los mismos problemas e inconvenientes que se encuentran quienes reciben las herencias o donaciones que han decidido sus padres u otros familiares de primer orden.
La nueva Ley contempla que un donante pueda revocar la donación siempre y cuando el donatario se haya comportado de forma reprobable. Algo es algo, pero la cosa es del todo insuficiente si tenemos presente que el gran problema consiste en los cuantiosos costes que implica el recibir una herencia o donación, al tener que afrontar una serie de impuestos como si fuera una compra-venta, y, de forma especial, el Impuesto de Plusvalía, referido al precio que se pagó por la propiedad heredada en la última compra con el que se supone que vale en el momento de la transmisión.
Está bien que el Impuesto de Plusvalía tenga que pagarse por el vendedor en el caso de una compra-venta, porque se supone que ello conlleva unos beneficios para el que vende, aunque no sea siempre así. Pero cuando se trata de recibir, por ejemplo, una casa, bien como herencia o donación, es absurdo que se tenga que pagar la Plusvalía cuando no se contemplan unos beneficios económicos contantes y sonantes.
Quien recibe una herencia o donación, solo debería pagar el Impuesto de Plusvalía en el caso de una posterior la propiedad, que es cuando cabe suponer que tendría un beneficio económico.
Claro que cuando se trata de impuestos, sean municipales, autonómicos o nacionales, los gobiernos lo que procuran es incrementarlos, casi nunca bajarlos. Pero lo de las Plusvalías en herencias y donaciones, es algo que debería revocarse, ya. Nunca debería consentirse, por ejemplo, que un hijo que recibe la herencia de sus padres, se vea en la necesidad de renunciar a ella por no poder pagar los impuestos, como, por desgracia, está sucediendo.

